La pensión alimenticia es la obligación que tiene una persona denominada “deudor alimentario” a favor de otra denominada “acreedor alimentario”, la cual consiste en proporcionar el apoyo económico para efecto de que el acreedor alimentario pueda satisfacer sus necesidades alimentarias.
Los alimentos se pueden otorgar entre ascendientes a descendientes, descendientes a ascendientes, adoptante a adoptado, adoptado a adoptante, o entre cónyuges y estos comprenden la comida, educación, vestido, calzado, servicio médico, un sano esparcimiento para su desarrollo integral, etc.
Nuestro equipo esta consiente de la importancia que conlleva que la pensión alimenticia sea otorgada en tiempo y forma y que la misma se mantenga en ese estado.